El Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones ha introducido la modificación del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social.
La modificación del citado precepto jurídico tiene como objetivo principal beneficiar a los empleados que trabajan a jornada parcial, equiparando sus periodos cotizados con los días completos a efectos de prestaciones.
Se tendrán en cuenta los distintos periodos en los que el trabajador haya sido dado de alta, sea a tiempo completo o jornada parcial, sin importar el número de horas realizadas. Es decir, cada día de trabajo a tiempo parcial cuenta como un día completo cotizado, sin importar la duración de la jornada realizada.
Esta modificación se encuentra en vigor desde el pasado 1 de octubre de 2024.