El 14 de julio de 2021 el Tribunal Constitucional dictó la Sentencia 2054/2020 por la que declaraba ilegal el primer estado de alarma por Covid 19 aplicado en España. Dicha resolución basa la ilegalidad justificando que la restricción de los derechos fundamentales de los ciudadanos españoles fue de altísima intensidad.
El Tribunal Constitucional ha establecido también que hubiera sido correcto que el Gobierno declararse estado de excepción en vez de estado de alarma, pues la situación generada por el Covid 196 hubiera permitido justificar la declaración de un estado de excepción atendiendo a las circunstancias realmente existentes, pues la pandemia, en un primer momento, generó un problema de orden público.
Tras haberse declarado ilegal el estado de alarma, las sanciones impuestas durante la vigencia del mismo son nulas. Es por ello que, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 11 de Madrid en su Sentencia 245/2021, de 20 de julio, ha recogido que anula una sanción por incumplir las restricciones del confinamiento. Concretamente, ha anulado una sanción de 601 euros impuestas por el Ayuntamiento de Madrid a un joven por no respetar las restricciones del confinamiento.